Inicio EvidenCristianas Libertad religiosa: Una oportunidad para corregir el pasado sin comprometer el futuro

Libertad religiosa: Una oportunidad para corregir el pasado sin comprometer el futuro

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Pastor Ángel Cardoza

La discusión del proyecto de Ley de Libertad Religiosa que actualmente se estudia en la República Dominicana ha despertado interés, expectativas y también preocupaciones legítimas. No podría ser de otra manera. Estamos hablando de un tema que toca simultáneamente derechos fundamentales, convicciones religiosas profundas, la relación entre las iglesias y el Estado, y la identidad misma de nuestra nación.

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Por esa razón, este debate merece algo más que consignas o reacciones emocionales. Requiere reflexión, prudencia y una visión que vaya más allá de las circunstancias del presente.

Una deuda pendiente con la igualdad religiosa

Es importante reconocer que la República Dominicana no parte de un escenario de absoluta igualdad entre las distintas confesiones religiosas.

Desde la firma del Concordato con la Santa Sede en 1954, la Iglesia Católica ha mantenido una posición jurídica singular dentro del ordenamiento dominicano. Independientemente de los juicios que puedan hacerse sobre las circunstancias históricas que dieron origen a ese acuerdo, el resultado práctico ha sido un tratamiento diferenciado respecto a otras confesiones religiosas.

Esta realidad explica por qué muchos evangélicos consideran legítimo discutir mecanismos legales que procuren una mayor igualdad jurídica entre las distintas comunidades de fe presentes en la nación.

Durante décadas, miles de iglesias evangélicas han contribuido significativamente al bienestar espiritual y social del país. Han fundado colegios, sostenido programas de ayuda comunitaria, desarrollado iniciativas de asistencia social, fortalecido familias y proclamado el evangelio en cada rincón de la República Dominicana. A pesar de ello, muchas han tenido que desenvolverse dentro de marcos jurídicos más limitados que aquellos disponibles para la Iglesia Católica.

Por esa razón, resulta comprensible que numerosos evangélicos vean con buenos ojos la posibilidad de una legislación que procure ofrecer un trato más equitativo y una mayor seguridad jurídica para todas las comunidades religiosas.

La búsqueda de igualdad no debe interpretarse como un ataque al catolicismo ni como un intento de desconocer su importancia histórica. Más bien responde al principio básico de que, en una democracia constitucional, el Estado debe procurar reglas justas para todos sus ciudadanos y para todas las confesiones religiosas legítimamente establecidas.

Desde esa perspectiva, el proyecto contiene elementos que merecen una valoración positiva.

Aspectos valiosos del proyecto

La propuesta legislativa reconoce y desarrolla derechos que ya se encuentran protegidos por la Constitución, pero que carecen de una regulación específica y sistemática.

Entre otras cosas, fortalece la libertad de conciencia, protege la objeción de conciencia, reconoce la autonomía de las entidades religiosas para organizarse conforme a sus doctrinas y procura ofrecer un marco jurídico más claro para el funcionamiento de las iglesias. También establece procedimientos específicos para el reconocimiento de entidades religiosas y busca reducir la incertidumbre que actualmente existe en algunos aspectos relacionados con su funcionamiento.

Estos son objetivos legítimos y necesarios.

Las iglesias deben poder predicar libremente, formar a sus miembros, seleccionar a sus ministros, organizar su vida interna y desarrollar sus actividades sin interferencias arbitrarias del Estado. Una sociedad verdaderamente libre debe proteger ese espacio.

Sin embargo, el hecho de que una ley persiga objetivos correctos no significa que esté exenta de riesgos potenciales. La experiencia internacional demuestra que algunas de las consecuencias más complejas de las leyes sobre libertad religiosa aparecen muchos años después de su aprobación.

Lo que España puede enseñarnos

Cuando se discute este tema resulta inevitable mirar hacia Europa. Después de la muerte de Francisco Franco, España inició un proceso de profunda transformación política y constitucional. Entre los cambios más importantes estuvo el reconocimiento amplio de la libertad religiosa.

Aquella reforma representó un avance significativo para protestantes, evangélicos, judíos y otras minorías religiosas que durante décadas habían vivido bajo un sistema donde el catolicismo gozaba de una posición privilegiada. Desde una perspectiva democrática, fue una decisión correcta.

Sin embargo, con el paso de los años surgieron desafíos que apenas habían sido considerados por los legisladores de aquella época. La creciente inmigración procedente del norte de África y de otras regiones de mayoría musulmana introdujo una realidad religiosa distinta de la que tradicionalmente había conocido la sociedad española.

El debate dejó de centrarse únicamente en el derecho a construir templos o celebrar cultos. Comenzaron a aparecer discusiones relacionadas con integración cultural, educación, símbolos religiosos en espacios públicos, matrimonios religiosos y mecanismos comunitarios de resolución de conflictos.

Lo importante es comprender que estos debates no surgieron porque España reconociera la libertad religiosa. Surgieron porque la legislación original no anticipó adecuadamente algunas de las implicaciones que determinadas tradiciones religiosas podían plantear en el futuro.

No todas las religiones plantean los mismos desafíos

En una sociedad plural, toda persona debe disfrutar de libertad para practicar su religión sin temor a discriminación o persecución. Ese principio debe aplicarse también a los musulmanes.

Sin embargo, reconocer ese derecho no obliga a ignorar diferencias reales entre las distintas tradiciones religiosas.

El cristianismo evangélico entiende su misión principalmente a través de la predicación del evangelio, la formación de discípulos y la vida de la iglesia local. La iglesia no pretende sustituir al Estado ni ejercer jurisdicción civil sobre la sociedad.

En cambio, dentro de la historia del islam existe una tradición jurídica y política que trasciende el ámbito puramente espiritual. La sharía ha sido entendida durante siglos como un sistema normativo que regula aspectos familiares, sociales, económicos y judiciales de la vida comunitaria. Existen enormes diferencias entre comunidades y países. Pero sería igualmente ingenuo actuar como si esas diferencias no existieran.

Los desafíos que varios países europeos han enfrentado durante las últimas décadas no nacieron de prejuicios. Surgieron porque ciertas tensiones entre convicciones religiosas y principios constitucionales terminaron llegando a los tribunales, a los parlamentos y a los gobiernos.

La República Dominicana tiene la ventaja de poder aprender de esas experiencias antes de enfrentarlas.

Un punto que merece mayor atención

Quizás uno de los aspectos más importantes del debate actual sea precisamente una de las propuestas de modificación sugeridas durante el análisis del proyecto.

Diversos sectores han planteado la necesidad de establecer expresamente que ninguna creencia religiosa pueda ser utilizada para justificar sistemas jurídicos paralelos, sustituir el orden constitucional vigente o crear mecanismos religiosos que limiten derechos fundamentales reconocidos por la Constitución.

También se ha propuesto impedir el reconocimiento de tribunales religiosos o sistemas normativos incompatibles con el principio de igualdad y con el orden público dominicano.

Esta preocupación no debe ser descartada como alarmismo. Tampoco debe interpretarse como hostilidad hacia una religión determinada. Se trata de una cuestión elemental de prudencia legislativa.

Las leyes no deben diseñarse únicamente para resolver los problemas del presente. También deben prever situaciones que podrían surgir dentro de veinte o treinta años.

Libertad religiosa y orden constitucional

Algunos presentan esta discusión como una elección entre libertad religiosa y autoridad constitucional. Esa es una falsa disyuntiva.

La verdadera libertad religiosa solo puede existir dentro de un orden jurídico estable que garantice igualdad ante la ley para todos los ciudadanos.

Cuando el Estado invade la conciencia de las personas, la libertad desaparece. Pero cuando una comunidad religiosa pretende colocarse por encima de la Constitución o crear mecanismos paralelos de autoridad jurídica, también se pone en peligro la libertad de los demás.

Por eso la tarea del legislador consiste en proteger ambas cosas simultáneamente. Necesitamos iglesias libres. Necesitamos libertad de conciencia. Necesitamos proteger la objeción de conciencia. Necesitamos garantizar la autonomía de las comunidades religiosas.

Pero también necesitamos afirmar sin ambigüedades que la República Dominicana posee una sola Constitución, un solo sistema judicial y una sola autoridad civil legítima para todos sus ciudadanos.

Una oportunidad que debe aprovecharse con sabiduría

La República Dominicana tiene hoy la oportunidad de corregir una desigualdad histórica y avanzar hacia un marco jurídico más justo para todas las confesiones religiosas.

Ese objetivo merece apoyo.

Sin embargo, precisamente porque la libertad religiosa es demasiado importante para ser tratada superficialmente, debemos asegurarnos de que la ley combine apertura con prudencia, igualdad con responsabilidad y libertad con claridad constitucional.

La experiencia de España y de otras naciones europeas demuestra que las sociedades libres pueden cometer errores cuando asumen que todas las expresiones religiosas tienen exactamente las mismas implicaciones sociales y jurídicas.

Nosotros todavía estamos a tiempo de aprender de esas experiencias. Si actuamos con sabiduría, podremos aprobar una ley que fortalezca la libertad religiosa, corrija injusticias del pasado y proteja al mismo tiempo los fundamentos constitucionales que garantizan nuestra convivencia como nación.

Esa debe ser la meta de quienes participan actualmente en esta discusión.

La responsabilidad, sin embargo, no corresponde únicamente a legisladores, juristas o funcionarios públicos. Las iglesias evangélicas también tienen el deber de involucrarse de manera informada y responsable en una conversación que podría afectar significativamente la manera en que la fe será vivida, expresada y protegida en nuestro país durante las próximas décadas.

Por esa razón, animo a los pastores, líderes e iglesias evangélicas a estudiar cuidadosamente el contenido de este proyecto, a participar respetuosamente en los espacios de diálogo que se abran y a contribuir con propuestas que fortalezcan tanto la libertad religiosa como el orden constitucional de la nación.

Por encima de todo, este debe ser un motivo de oración. Oremos para que Dios conceda sabiduría a nuestras autoridades, discernimiento a quienes intervienen en el proceso legislativo y unidad al pueblo evangélico para abordar este tema con convicción, prudencia y amor por la verdad.

La libertad religiosa es demasiado importante para ser ignorada. Las decisiones que se tomen hoy podrían influir profundamente en la vida de la iglesia dominicana durante muchos años.