
Santo Domingo, República Dominicana – La Junta Central Electoral (JCE) informa a la ciudadanía que, de acuerdo con la Constitución dominicana y las leyes Números 4-23 y 198-11, solo los Oficiales del Estado Civil, las iglesias católicas y las iglesias cristianas debidamente acreditadas están facultados para celebrar u oficiar matrimonios en el país.

Matrimonio entre un hombre y una mujer
La JCE reitera que, según el artículo 55 y párrafos subsiguientes de la Constitución dominicana, el único matrimonio reconocido es aquel celebrado entre un hombre y una mujer, ya sea civil o religioso. No se celebrarán ni registrarán matrimonios que violen la Constitución y la ley.
La JCE establece claramente que no ha celebrado, oficiado ni registrado, ni celebrará ni registrará ningún matrimonio que viole la Constitución dominicana y la ley. La institución reafirma su compromiso de cumplir y hacer cumplir la normativa vigente en el país.
El comunicado de la Junta Central Electoral se origina luego que medios locales informaran de un supuesto “matrimonio”, llevado a cabo por el exembajador norteamericano James Wally Brewster entre dos personas del mismo sexo, en la ciudad de Santiago de los Caballeros.





