SANTO DOMINGO- El presidente Luis Abinader derogó esta tarde el articulo 10 del Decreto núm. 740-20 del 30 de diciembre de 2020, el cual disponía el cese de las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones nacionales.
Con la anulación del mismo se permite en lo inmediato la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.
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