El decreto, dado a conocer esta mañana, crea los gabinetes Económico, Social, de Salud, de Educación y Cultura, de Promoción de Inversiones, de Turismo, de la Familia, del Sector Agua, del Sector Construcción y del Sector Eléctrico.
Según el artículo dos del decreto, estos gabinetes estarán integrados por instituciones estatales, entidades de la sociedad civil y personas físicas cuyas actividades y perfil resulten afines al objetivo y función de estos Consejos Consultivos o Gabinetes.
Apunta el decreto que el Presidente de la República podrá determinar la creación de otros gabinetes con el mismo fin y naturaleza, conforme a la conveniencia de la administración pública y también podrá aumentar, reestructurar, reducir o revocar a las personas que integrarán dichos organismos.
Entre sus funciones se definen la coordinación de criteros y el análisis de la áreas asignadas para diseñar políticas, estrategias y planes que fomenten el desarrrollo del país y presentar recomendaciones al Ejecutivo para toma de decisiones.
El decreto apunta que estos gabinetes tendrán carácter permanente, estará adscritos a Ministerio de la Presidencia y dependerán funcionalmente del Presidente de la República y resalta en el artículo 5 que no implicará erogación presupuestaria.