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Senado aprueba extender a 24 meses plazo para entrada en vigencia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas

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La iniciativa, presentada por el senador Rafael Barón Duluc Rijo, busca dar más tiempo a empresas, cooperativas y asociaciones sin fines de lucro para adecuarse a las nuevas disposiciones del Código Penal dominicano.

Santo Domingo, República Dominicana.— El Senado de la República aprobó el proyecto de ley que modifica el artículo 31 de la Ley núm. 44-26, con el propósito de ampliar a 24 meses el plazo para la entrada en vigencia del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, establecido en los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley núm. 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana.

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La iniciativa, presentada por el senador Rafael Barón Duluc Rijo, representante de la provincia La Altagracia, procura garantizar que las empresas y demás organizaciones dispongan de tiempo suficiente para prepararse ante las nuevas obligaciones legales que contempla la normativa penal.

La modificación responde a la necesidad de facilitar una implementación ordenada del régimen, tomando en cuenta los desafíos administrativos, técnicos y económicos que implica para las entidades públicas y privadas el establecimiento de mecanismos internos de prevención y cumplimiento.

Más tiempo para que las organizaciones se preparen

El proyecto aprobado reconoce que la aplicación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas requiere la adopción de políticas de prevención, estructuras de dirección y supervisión, programas de cumplimiento, sistemas de documentación, canales de denuncia y mecanismos disciplinarios, entre otras medidas.

Estas exigencias representan un reto particular para las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas y las asociaciones sin fines de lucro, muchas de las cuales necesitan fortalecer sus estructuras organizativas y sus procedimientos internos para responder a las nuevas disposiciones.

En ese sentido, la ampliación del plazo busca permitir que estas entidades puedan planificar y ejecutar los cambios necesarios, evitando una implementación apresurada y favoreciendo una aplicación proporcional de la ley.

La entrada en vigencia se proyecta para noviembre de 2028

Con la modificación aprobada, los artículos 8 y 11 de la Ley núm. 74-25, modificados por la Ley núm. 44-26, así como los artículos 9 y 10 del Código Penal, entrarían en vigencia a los 24 meses contados a partir del 5 de noviembre de 2026.

De acuerdo con el texto de la iniciativa, este plazo permitiría a las personas jurídicas adecuarse a las disposiciones del Código Penal antes de que comience a aplicarse el régimen correspondiente.

La propuesta también contempla la necesidad de que el Estado promueva la capacitación de los operadores del sistema de justicia y facilite orientación a las organizaciones, respetando las competencias y la autonomía de las instituciones involucradas.

Seguridad jurídica y aplicación ordenada de la ley

Entre los fundamentos de la modificación figuran los principios constitucionales de seguridad jurídica, debido proceso, legalidad y Estado social y democrático de derecho.

El texto sostiene que el aplazamiento de este régimen específico no afecta la vigencia del resto del Código Penal ni la responsabilidad penal de las personas físicas, sino que busca crear condiciones adecuadas para la aplicación de las nuevas disposiciones.

Con esta aprobación, el Senado procura contribuir a que las organizaciones dominicanas cuenten con un período razonable para fortalecer sus mecanismos de prevención, supervisión y cumplimiento legal, de cara a la implementación del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

La iniciativa forma parte de los ajustes legislativos vinculados a la puesta en marcha del nuevo Código Penal dominicano y a los desafíos que representa su aplicación para el sistema de justicia y el sector empresarial.

Ahora el proyecto aprobado va a los diputados para su aprobación o rechazo.