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El regidor: Instancia de poder local

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Maguá Moquete Paredes (maguamoqueteparades@gmail.com)

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Nos referimos al concejal o regidor de un cabildo o ayuntamiento que es electo por representación popular para elaborar y actualizar los reglamentos del municipio o distrito municipal, gestionar las políticas públicas necesarias para la población, vigilar y fiscalizar al gobierno zonal.

Se crease a personas nobles que, asistiendo con la justicia se celebrasen, rigiesen y gobernasen el pueblo, de donde recibieron la denominación de regidores. Por el régimen así establecido fueron expedidos del manejo de todos los negocios, los vecinos del estado popular y además con el honor de contribuir a su comunidad.

El regidor era un cargo de los municipios de la Corona de Castilla. Su origen parece remontarse a la Antigua Roma a cuyo cuidado y celo estaba encomendado su gobierno político y económico en las ciudades. Equivale a los que entre los romanos obtenían el empleo de decuriones (gobernadores de colonias o municipios romanos, a modo de senadores de Roma); según la opinión del político Tomás Bobadilla y Briones. Con los decretos de nueva planta (1707-1716) de Felipe V de España. El cargo se extendió a los municipios de la abolida corona de Aragón.

En la República Dominicana existe la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, promulgada el 17 de julio del 2007,  Gaceta Oficial 10426, 20 de julio del 2007, que establece en uno de sus considerandos que el régimen jurídico municipal debe responder a las nuevas corrientes de reformas, modernización, institucional y descentralización, teniendo como base que los ayuntamientos son las instancias que más cerca están del ciudadano y, por ende, garantizar que los servicios que les son consustanciales a su propio naturaleza de ser entidades de servicios públicos, sean de manera continua y permanente en la sociedad dominicana.

En este contexto, el candidato a regidor, jurisconsulto, Francisco Núñez Cáceres, circunscripción 1, Distrito Nacional, por el PRM, Partido Revolucionario Moderno; y fundador-presidente de la Federación Dominicana de Lucha contra las Drogas, Inc. (FEDELUCD). Su clara definición a regidor determina la calidad de la democracia y la institucionalidad que es tarea de todos los dominicanos y que debemos aportar talento y capacidad en la consolidación del estado social y democrático de derecho republicano.

Núñez Cáceres, plantea optimización de los recursos humanos y técnicas, aunados a políticas y objetivos contenidos en los planes que deben procurar la satisfacción de las demandas de la sociedad y el logro de los impactos previstos en las necesidades socio-humanas insatisfechas.

Promover, diseñar y realizar planes orientados a la prevención, mitigación, preparación, atención, respuestas en la recuperación de una imagen institucional en el patrimonio de los municipios o distritos municipales, y es la concreción del regidor para que los bienes, derechos y acciones ciudadanos estén vigentes en la sociedad. Igualmente, desarrollar programas que permitan el cumplimiento de los deberes de instituciones y organizaciones en la civilidad diaria.

El regidor es un interlocutorio permanente del gobierno municipal en la administración pública, para que los ayuntamientos puedan canalizar las propuestas de acuerdo a las normas y metodologías de desarrollo social.

Las adopciones de acuerdos en el concejo municipal deben valorarse en la creación de mancomunidades y otras organizaciones asociativas, así como la adhesión al fiel complimiento de los servicios u obligaciones de carácter público.

Con base un criterio solidario, el regidor por su carácter ético moral tiene que velar por la conservación de los bienes y derechos del municipio o distrito municipal y dar respuestas precisas al concejo del ayuntamiento en sus revisiones, enfatiza el doctor Francisco Núñez Cáceres.

A todo esto, constituyen deberes del Estado, prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones. Con énfasis a los derechos fundamentales y reconocidas en la Carta Sustantiva que determinan la existencia de un orden de responsabilidad jurídica y moral, que obliga la conducta del hombre y la mujer en sociedad.

Los regidores deben estar bien acompañados de conducta familiar. En los ayuntamientos con una labor digna, de su elección, a fin de proveer el sustento propio a la municipalidad para alcanzar el perfeccionamiento de su personalidad, contribuir al bienestar y progreso social integral.

Estos planteamientos hacia la administración municipal, de políticos, programas y proyectos que llevará durante cuatro años del gobierno municipal, las prioridades y capacidades locales del programa de gobierno, los acuerdos que hizo con la ciudadanía y con la responsabilidad del regidor. En él, se dice, qué hará, cómo, cuándo, dónde, con qué recursos. Por ello, el regidor o concejal, debe, adecuadamente tener la cualificación de impulsor del desarrollo general, equitativo y sostenible. Brindar, asimismo, una oportuna y eficiente atención a las necesidades básicas de la comunidad.

El autor es Periodista, politólogo, analista social.