SANTO DOMINGO– La Cámara de Diputados aprobó ayer de urgencia, en dos lecturas, con su informe y modificaciones el nuevo Código Penal de la República Dominicana.
En el mismo fue eliminado del artículo 110, referente al aborto, el párrafo que mandaba a la creación de una ley especial sobre ese tema.
Se trata del párrafo que expresa: “la interrupción del embarazo por causa de violación, incesto o por malformaciones del embrión incompatible con la vida clínicamente comprobada, estarán sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial”.
Con esta aprobación de los Diputado, el aborto se castigará con penas de dos a tres años, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude. Del mismo modo, al médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto. La pena sería de cuatro a 10 años.
HISTORIA
En el mes de noviembre del 2014 se recuerda que el presidente Danilo Medina observó los artículos referentes al aborto, en el Código Penal, a fin de que los legisladores especifiquen las excepciones que deben prevalecer en caso de penalizar la interrupción del embarazo.
Esta inclusión encontró el rechazo de la comunidad evangélica protestante y de la iglesia católica los cuales emprendieron importantes acciones en procura de que dicho artículo sea sacado del código.
Ahora la pieza ira al Senado para su aprobación y posterior promulgación por parte del Presidente de la República.